CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ Y EL AYUNTAMIENTO DE ESPERA (CÁDIZ), PARA EL DESARROLLO DEL FONDO CONTRA LA POBREZA ENERGETICA 2020.
Posted by Ayto. Espera on lunes, julio 20, 2020
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ Y
EL AYUNTAMIENTO DE ESPERA (CÁDIZ), PARA EL DESARROLLO DEL FONDO CONTRA LA
POBREZA ENERGETICA 2020.
El objeto de este convenio es
el de regular el desarrollo del Fondo contra la Pobreza Energética y su
distribución por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al Ayuntamiento de
Espera, para hacer frente a las necesidades de familias vulnerables o en
situación de pobreza energética.
GASTOS ESPECIFICOS A CUBRIR.
-Las ayudas irán dirigidas a
cubrir las necesidades básicas relacionadas con el suministro de energía
eléctrica y/o agua de la vivienda habitual.
-LAS FACTURAS QUE SE
ADMITIRÁN SERÁN LAS IMPAGADAS HASTA EL MOMENTO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
PERSONAS BENEFICIARIAS.-
-Podrán
solicitar estas ayudas, a través de un modelo provincial formalizado, ante los
Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Espera, las personas
físicas o unidades de convivencia que estén empadronadas en la localidad y
carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas
relacionadas con el suministro de energía eléctrica y/o agua.
-Los
solicitantes deberán firmar el anexo III de aceptación de los miembros de la
unidad familiar o de convivencia en compromiso de aceptación de formación en
eficiencia energética.
-
Por el Ayuntamiento se valoraran las solicitudes e importes de deuda que los
solicitantes tengan pendiente, a los efectos de dar cobertura al mayor número
de personas que se encuentren en situación de pobreza energética, en un justo
reparto de los recursos existentes., con un máximo de ayuda por unidad
familiar.
REQUISITOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Los
requisitos, que deberán cumplir las personas y/o unidades de convivencia
solicitantes, son los siguientes:
a) Estar
empadronados en Espera
b) Carecer
de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas
relacionadas con el suministro de energía eléctrica, y/o agua. Para determinar
la falta de recursos económicos, se computarán todos los ingresos de los seis
meses anteriores a la fecha de solicitud y se dividirán por el número de
miembros. El importe máximo de renta
para acceder a esta ayuda tiene que ser inferior a los umbrales
económicos, una vez restados los gastos de alquiler y/o hipoteca hasta un
máximo de 300 € mes, y minorados por circunstancias de orden social, que se
exponen a continuación:
-1 miembro-ingresos inferiores a
1 vez el IPREM 3.764,88 €
-2 miembros-ingresos inferiores
a 1,2 veces el IPREM
4.517,85 €
-3 miembros-ingresos inferiores
a 1,3 veces el IPREM 4.894,34 €
-4 miembros-ingresos inferiores
a 1.4 veces el IPREM 5.270,83 €
-5 o más miembros-ingresos
inferiores a 1.5 veces el IPREM 5.647,32 €
c)
La carencia debe ser la producida en la vivienda habitual.
d)
No ser propietario o usufructuario, ningún miembro de la unidad familia, de
bienes inmuebles de naturaleza urbana o rústica, que excedan del 50% de la
propiedad (excepto la vivienda de uso habitual).
e)
Serán de consideración para evaluar la situación de vulnerabilidad o pobreza
energética, que se reúnan las siguientes circunstancias de orden social
(minora los ingresos en un 10% por una sola circunstancia y persona):
-Que algún miembro de la unidad
familiar tenga la valoración de discapacidad o dependencia.
-Que sea víctima de violencia de
género.
-Que sea persona /usuaria de
Servicios Sociales (familia de intervención, personas solicitantes de
prestaciones, ley de Dependencia, familia usuaria de comedor escolar, familia
beneficiaria de ayuda de material escolar,…
-Que sea cabeza de familia
monoparental.o monomarental.
f)
Se establece un límite máximo de ayuda a percibir en función del número de
miembros como se indica:
-1 miembro cuantía máxima de la
ayuda 200 €
-2 miembros cuantía máxima de la
ayuda 250 €
-3 miembros cuantía máxima de la
ayuda 300 €
-4 o más miembros cuantía máxima
de la ayuda 350 €
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
El
modelo de solicitud, junto con la documentación exigida, que figura en el
reverso de la misma, se recogerá en los Servicios Sociales Comunitarios del
Ayuntamiento de Espera, en el siguiente horario: lunes o miércoles hasta las 14
horas, CON FECHA TOPE HASTA EL 23 DE DICIEMBRE 2020, ATENDIENDOSE LAS
SOLICITUDES POR ORDEN DE ENTRADA EN ESTE AYUNTAMIENTO, HASTA AGOTARSE LA
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL PROGRAMA.
Espera
a 17 de julio de 2020.
ALCALDE-PRESIDENTE.
FDO:
PEDRO ROMERO VALVERDE.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
De la persona solicitante:
-Anexo I y III cumplimentado y firmado.
-Fotocopia del DNI/NIE.
-Facturas originales de deudas
contraídas e impagadas en concepto de luz y/o agua hasta el momento de presentación de
la solicitud.
De la persona solicitante y todos los miembros
de la unidad de convivencia:
-Certificado de empadronamiento y convivencia (actualizado).
-Fotocopia del libro de familia (completo.)
-Fotocopia del título de familia numerosa.
-En su caso, Certificado de discapacidad o resolución de
reconocimiento de la situación de dependencia.
-En su caso, acreditación de ser víctima de violencia de género.
-En su caso, Resolución judicial o escrito de formalización de
acogimiento.
-En caso de separación/divorcio: fotocopia de la sentencia y/o
convenio regulador; y en caso de incumplimiento: denuncia del citado
incumplimiento.
De todos los miembros de la unidad de
convivencia mayores de 16 años:
-Autorización (Anexo II) firmada por
todos los miembros de la unidad de convivencia.
-Informe de Vida Laboral actualizado o
Vida Laboral negativa.
-Certificado de prestaciones/pensiones del
SAE/SEPE/INSS referido a los 6 meses anteriores a la fecha de la solicitud.
-Justificantes de otros ingresos
percibidos en los últimos 6 meses (nóminas e ingresos de cualquier otra
naturaleza).
-Certificado de estar desempleados.
-Documentación acreditativa, de todos los
miembros de la unidad familiar, de no ser propietario o usufructuario de bienes
inmuebles de naturaleza urbana o rústica, que excedan del 50% de la propiedad
(excepto la vivienda de uso habitual).
-Declaración de bienes.
-Otros (documentos de separación o
divorcio, viudedad, hipoteca, contrato y recibo de alquiler…).
PLAZO Y LUGAR DE
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
El
modelo de solicitud, junto con la documentación exigida, se recogerá en los
Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Espera, CON FECHA TOPE HASTA EL 23 DE DICIEMBRE
2020,,
ATENDIENDOSE LAS SOLICITUDES POR ORDEN DE ENTRADA EN ESTE AYUNTAMIENTO, HASTA
AGOTARSE LA DISPONIBILIDAD
PRESUPUESTARIA DEL PROGRAMA.