TURISMO SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES (JUNTA DE ANDALUCÍA)
¿QUÉ ES EL PROGRAMA DE TURISMO SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES?
Es un programa de vacaciones que permite a las personas mayores realizar actividades lúdicas y de ocio, con el que se alcanzan los siguientes objetivos:
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Fomentar la convivencia y las relaciones humanas intergeneracionales.
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Contribuir al conocimiento geográfico y cultural de Andalucia y de otras Comunidades Autónomas.
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Promover el disfrute del ocio y tiempo libre mediante la participación en actividades socioculturales y recreativas.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR LA PERSONA SOLICITANTE?
a) Tener cumplidos 60 años en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
b) Ser pensionista. No se exigirá este requisito al solicitante que se encuentre inactivo laboralmente cuyo cónyuge o pareja de hecho sea titular de una pensión, y asimismo tenga cumplidos 60 años en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
c) Ser residente en la Comunidad Autónoma de Andalucía y haberlo sido, al menos, durante el año anterior a la publicación de la convocatoria.
d) Valerse por sí mismo para viajar, caminar y demás actividades de la vida diaria.
e) No presentar alteraciones psíquicas que puedan alterar a la normal convivencia.
f) No padecer enfermedad infecto-contagiosa.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR LA PEROSNA ACOMPAÑANTE?
Podrán participar como acompañantes el cónyuge o la pareja de hecho de la persona solicitante que, aún sin reunir los requisitos establecidos en las letras a) y b) del apartado anterior, se encuentren en situación de inactividad laboral y cumplan el resto de los requisitos anteriormente indicados.
Asimismo, la persona solicitante podrá ir acompañada de personas con discapacidad con las que conviva o sobre las que tenga atribuida la patria potestad, siempre que cumplan los requisitos señalados en el apartado anterior, a excepción de los indicados en las letras a) y b).
¿SE PUEDE VINCULAR LA SOLICITUD A LA DE OTRA PERSONA?
En el caso de que un solicitante quiera vincular su solicitud a la de otra persona, deberá hacerlo constar en el apartado correspondiente. Solamente se podrá hacer una vinculación y siempre que los destinos y fechas de ambas solicitudes sean idénticos.
En el supuesto de que uno de los solicitantes renuncie a la plaza adjudicada, la vinculación quedará sin efecto, teniendo el otro solicitante, si lo desea, la posibilidad de viajar. |