BASES PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL MEDIANTE OFERTA GENÉRICA AL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO. 1 TECNICO ADMINISTRATIVO PLAN COOPERACION LOCAL 2019
Posted by Ayto. Espera on jueves, agosto 22, 2019
BASES
PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL MEDIANTE OFERTA GENÉRICA AL
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO. 1 TECNICO ADMINISTRATIVO PLAN COOPERACION
LOCAL 2019
Espera
a, 22 de Agosto de 2019
RESOLUCIÓN
DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN DE BASES PARA CONTRATACIÓN
LABORAL
TEMPORAL MEDIANTE OFERTA GENÉRICA AL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO. 1
TECNICO ADMINISTRATIVO PLAN COOPERACION LOCAL 2019
Por
Decreto, de fecha 22 de Agosto de 2019, se resuelve la modificación
y adaptación de bases para la contratación laboral temporal
mediante oferta genérica al Servicio Andaluz de Empleo, de una
persona para cubrir el puesto de Técnico Administrativo, en virtud
del Plan de Cooperación Local de 2019, en régimen laboral temporal,
jornada completa, por obra y servicio, con una temporalidad de 6
meses aproximadamente.
Lo
que se expone al público para su general conocimiento, estableciendo
el plazo de 3 días hábiles para la presentación de reclamaciones o
alegaciones a las mismas por los interesados, ante el Registro
General de este Excmo. Ayuntamiento.
En
Espera, a 22 de Agosto de 2019.
BASES
PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL MEDIANTE OFERTA GENÉRICA AL
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO. 1 TECNICO ADMINISTRATIVO PLAN COOPERACION
LOCAL 2019
PRIMERA.-
CONVOCATORIA:
PUESTO:
1 Técnico Administrativo.
CATEGORÍA:
Técnico en el Plan de Cooperación Local.
REQUISITOS:
- Ser español/a o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión europea.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de 65 años.
- Estar desempleado.
- Estar en posesión del Titulo de Grado Superior o FP2 en Administración o título de Grado Universitario en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o Graduado Social Diplomado, o Diplomado en Relaciones Laborales, o Licenciado en Ciencias del Trabajo. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad competente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso del ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria, mediante dictamen expedido por el equipo multiprofesional competente. Asimismo, deberá aportarse certificado de delito de naturaleza sexual y certificado médico que acredite las capacidades físicas y psíquicas para el desarrollo de la actividad.
TIPO
DE CONTRATO: Contrato laboral, jornada completa, obra y servicio.
TEMPORALIDAD.
6 meses aproximadamente.
SEGUNDA.-
TRIBUNAL CALIFICADOR:
*Presidente/a:
Trabajadora Social de los Servicios Sociales Comunitarios del
Ayuntamiento de Espera o persona en quien delegue.
*Vocal:
Técnico de los Servicios Sociales Comunitarios. Ayuntamiento de
Espera o persona en quien delegue.
*Vocal: Técnico
Administración General de este Ayuntamiento de Espera, o persona en
quien delegue.
*Secretario/a: Secretario
del Ayuntamiento, con voz pero sin voto, o persona en quien delegue.
Los
miembros del Tribunal Calificador, deberán tener suficiente
cualificación y capacidad técnica. Se nombrarán suplentes para
cada uno de los miembros del Tribunal. En su composición, se tenderá
a la paridad entre hombre y mujeres. Podrán asistir, con voz y sin
voto, un miembro del Comité de Empresa. Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover
la recusación en los casos del artículo 28.2 de le Ley 30/92 ya
mencionada. El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las
dudas que presenten en la aplicación de estas bases, así como para
tomar los acuerdos necesarios para el buen orden y desarrollo de la
selección.
TERCERA.-
PROCESO SELECTIVO:
- La selección se realizará por el Ayuntamiento de Espera, se pedirá al SAE el doble del total de plazas ofertadas.
- Las personas candidatas serán remitidas desde la Oficina del SAE, se materializará con la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la carta de presentación del SAE y curriculum personal con las acreditaciones correspondientes para su valoración, solo se admitirán documentos originales o copias debidamente compulsadas. Incorporándose de este modo al proceso selectivo que, constará de los siguientes elementos de valoración:
*
Valoración de curriculum:
Las
acreditaciones para la valoración de la experiencia laboral se
justifica con;
- Formación (máximo 2 puntos): deberá acreditarse con la aportación documental de fotocopia de la titulación exigida y de cursos formativos. No se tendrán en cuenta aquellos méritos no acreditados ni adjuntados en el momento de presentación en el Registro del Ayuntamiento de la carta enviada por el SAE.- Conocimientos de ofimática (máximo 1 punto): deberá acreditarse con la aportación documental de fotocopia de titulación oficial en el manejo de procesador de texto, hojas de cálculo, base de datos, correo electrónico, internet. No se tendrán en cuenta aquellos méritos no acreditados ni adjuntados en el momento de presentación en el Registro del Ayuntamiento de la carta enviada por el SAE.
-
Experiencia (máximo 7 puntos): deberá acreditarse con la
aportación documental de contratos de trabajo o de certificados de
empresa, donde se acredite fecha de alta, fecha de bajo, categoría
profesional y vida laboral.
La
selección se llevará a cabo en las dependencias del Ayuntamiento,
sito en calle Andalucía. Una vez presentada la documentación por
los aspirantes remitidos por el SAE de Espera, se publicará en el
Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento la lista de admitidos y
excluidos y, el resultado de la baremación, con orden de prioridad,
en base a la puntuación obtenida, con un plazo de tres días hábiles
para la reclamación de la misma y subsanación de la documentación
exigida.
El
Tribunal no admitirá la aportación de ningún otro documento fuera
del plazo indicado en el párrafo anterior.
*
Resultado de la baremación:
Listado
de puntuaciones obtenidas. En caso de empate, el Tribunal realizará
un sorteo para desempatar. Contra dicha lista se podrá interponer en
el Registro General de este Ayuntamiento reclamación en el plazo de
tres días hábiles, contados a partir del siguiente a su
publicación. Una vez resueltas las mismas, si las hubiera, el
Tribunal publicará la resolución de estas, así como la lista
definitiva en el Tablón de Anuncios.
CUARTA.-
BAREMACIÓN CURRICULAR:
Se
valora la experiencia, la formación y los conocimientos de
ofimática, según las funciones propias del puesto y categoría a
desempeñar. La puntuación máxima a obtener en esta valoración es
de 10 puntos.
*
Experiencia profesional, hasta un máximo de 7 puntos: por cada 3
meses de trabajo en puestos de idéntica categoría profesional y,
relacionados con el puesto a cubrir, en la Administración Pública,
empresas públicas o privadas: 0,50 puntos.
Si
en la totalización de de los días por servicios prestados, faltase
para llegar a los 3 meses de 1 a 15 días, se computará dicha
fracción como 30 días.
*Formación
relacionada con el puesto a cubrir, cursos y seminarios, hasta un
máximo de 2 puntos:
De
20 a 50 horas: 0,15 puntos.
De
51 a 100 horas: 0,30 puntos.
De
101 en adelante: 0,60 puntos.
*Conocimientos
de ofimática, hasta un máximo de 1 punto:
De
20 a 50 horas: 0,15 puntos.
De
51 a 100 horas: 0,30 puntos.
De
101 en adelante: 0,60 puntos.
QUINTA.-
RESULTADOS:
Será
seleccionado/a el/la aspirante que mayor puntuación obtenga.
Finalizada la valoración, conforme al baremo establecido en la base
cuarta. El Tribunal Calificador remitirá los resultados de la
selección a la Delegación de Personal para que se hagan públicos
en el Tablón de Anuncios de la Corporación y remita propuesta a la
Alcaldía para que emita a su vez Resolución, una vez realizados los
trámites reglamentarios y, proceda a la contratación del/a
seleccionado/a.
SEXTA.-
LISTA DE RESERVA:
El
Tribunal podrá establecer una lista de reserva, de forma que si el
candidato/a seleccionado/a, durante el período de prueba, renunciase
o tuviese lugar de extinción del contrato por cualquiera de las
causas previstas en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o para
cubrir una vacante que se produzca por Incapacidad Temporal o
cualquier otra causa que haga necesario su provisión. En
estos
supuestos se procederá por la Administración a la formalización de
un nuevo contrato con el candidato/a inmediato/a siguiente que figure
en la relación propuesta por el Tribunal.
SÉPTIMA.-
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO LABORAL:
Previamente
a la formalización del contrato laboral en favor de los aspirantes
propuestos, estos aportarán los documentos originales que fueron
valorados en la fase de méritos, así como los que hubieran
posibilitado el acceso a la condición de empleados públicos.
Categorias: 2019