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1.- Mediante esta licencia se autoriza la puesta en uso de la actividad pretendida.
2.- Para la obtención del permiso de funcionamiento de la actividad será precisa la inspección previa de los servicios técnicos designados por el Ayuntamiento, así como las resoluciones favorables de los órganos competentes sobre prevención ambiental y seguridad pública.
3.- Deberán haberse realizado todas las cesiones y ejecutado todas las obras de urbanización que sean precisas conforme a lo establecido en este el PGOU y en la legislación urbanística, así como haber concluido la edificación al amparo de licencia de obras no caducada.
4.- La obtención del permiso de funcionamiento no exonera a los solicitantes, constructores y técnicos de las responsabilidades de naturaleza civil o penal propias de su actividad, ni de la administrativa por causas de infracción urbanística que se derive de error o falsedad imputable a los mismos.
5.- Si como consecuencia de las autorizaciones de otros organismos fuera preciso la realización de obras a añadir a las previstas en proyecto para cumplimentar las medidas correctoras y la de seguridad que pudieran exigirse, se deberán incorporar las modificaciones necesarias tanto al proyecto de actividad como, en su caso, al de obras.
6.- La comprobación de la inexistencia de las medidas correctoras impuesta en el permiso de instalación implicará la pérdida de eficacia de la licencia.
7.- La documentación mínima a presentar por los titulares de la instalación o actividad para obtener el permiso de funcionamiento será la siguiente:
a) Proyecto técnico final de obras, debidamente visado, en el que se refleje el estado final de las obras si éstas hubiera sufrido alguna alteración que, en cualquier caso, no podrá incurrir en los supuestos que precisan de solicitar de modificación de licencia.
b) Copia de la notificación de la licencia de obras y del permiso de instalación.
c) Certificado final de instalación de la actividad, de obras o ambos, suscrito en cada caso por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente, donde, además de la seguridad estructural del edificio y otras normas de obligado cumplimiento si fuera el caso, se haga constar:
• Que las instalaciones han sido ejecutadas de conformidad con las determinaciones del proyecto presentado y por el que se obtuvo licencia para la instalación de la actividad.
• Que se han ejecutado las medidas correctoras y condiciones ambientales impuestas según la evaluación del impacto ambiental, informe ambiental o calificación ambiental.
• Que se cumplen las determinaciones exigidas por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Complementarias y las medidas de protección contra incendios establecidas por la NBE-CPI 96 (o norma que la sustituya).
e) Plan de revisiones periódicas a realizar por entidad competente designada por el titular de la actividad para los equipos de protección de incendios y medidas correctoras medioambientales, si se trata de actividad calificada.
f) Recibo acreditativo del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
g) Informes favorables o autorizaciones de las empresas concesionarias o responsables de los servicios urbanísticos y cualquier otra que el Ayuntamiento exija conveniente.
8.- Los titulares no darán comienzo a la actividad solicitada hasta no estar en posesión de la correspondiente licencia ni podrán iniciar el funcionamiento hasta que no se haya comprobado la instalación por los servicios técnicos municipales o de la Junta de Andalucía.
9.- Caducarán las licencias de actividad de aquellas actividades que permanezcan interrumpidas durante un plazo superior a seis meses. No obstante, podrá prorrogarse este plazo si dentro del mismo lo solicitara el interesado, justificando la causa del retraso. Esta prórroga no podrá exceder de un período igual al plazo antes mencionado.
DOCUMENTACIÓN EN PAPEL:
1.- Solicitud de Licencia de Obra, con todos los campos rellenos a máquina u ordenador.
2.- Impreso de Estadística de Edificación y Vivienda
3.- Hojas de Encargo de los agentes intervinientes en proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud debidamente visadas por los colegios profesionales correspondientes.
4.- Resumen de Capítulos del Presupuesto de Ejecución Material visado (impresión de la página correspondiente del documento visado telemáticamente) firmado por propiedad y arquitecto.
DOCUMENTACIÓN EN FORMATO DIGITAL:
1.- Dos copias del trabajo Profesional en formato CD visado telemáticamente
compuesto de un único archivo PDF con marcadores de navegación. |
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