PERSONAS CUIDADORAS NO PROFESIONALES DE PERSONAS EN SITUACION DE DEPENDENCIA.
Posted by Ayto. Espera on martes, mayo 21, 2019
A
TODAS LAS PERSONAS CUIDADORAS NO PROFESIONALES DE PERSONAS EN
SITUACION DE DEPENDENCIA.
Estimados
vecinos/as
El
pasado 7 de marzo se publicó el Real
Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo,
de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación,
que, en su artículo 4 apartados Doce y Trece, contempla la
recuperación de la cotización
a la Seguridad Social de las personas cuidadoras no profesionales.
El
Real Decreto-ley
8/2019, de 8 de marzo,
de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la
precariedad laboral en la jornada de trabajo, hace las
consideraciones necesarias respecto de los convenios ya suscritos.
Principal novedad: la cotización correrá a cargo de la Administración General del Estado
Se podrán dar las siguientes situaciones:
-
Personas
cuidadoras que surjan de la aprobación de nuevos PIAs.-
A partir del 1 de abril, los convenios especiales que suscriban
surtirán efectos desde la fecha de reconocimiento de la prestación
si se solicita dentro de los 90 días naturales siguientes a esa
fecha. En caso contrario, tendrán efectos desde la solicitud de
suscripción.
-
Personas
cuidadoras que habían suscrito voluntariamente los convenios
especiales conforme al régimen anterior.- La
norma plantea que se entenderán subsistentes, quedando la cuota a
abonar a cargo de la Administración General del Estado.
- Personas cuidadoras que no habían suscrito los convenios especiales conforme al régimen anterior.- Podrán solicitar la suscripción del convenio especial con efectos desde el 1 de abril, siempre que la solicitud se formule dentro de los 90 días naturales siguientes a esa fecha. En caso contrario, los efectos tendrán lugar desde la fecha de solicitud de suscripción.
- Personas cuidadoras que no habían suscrito los convenios especiales conforme al régimen anterior.- Podrán solicitar la suscripción del convenio especial con efectos desde el 1 de abril, siempre que la solicitud se formule dentro de los 90 días naturales siguientes a esa fecha. En caso contrario, los efectos tendrán lugar desde la fecha de solicitud de suscripción.
Para
la suscripción
del convenio
se deberá presentar la siguiente documentación:
-
El formulario
de solicitud
-
Resolución
de concesión de la PECEF.
-
DNI
de la persona cuidadora y DNI
persona en situación de dependencia.
Para
más detalles: web oficial de la Seguridad Social
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10555/51635
LUGAR
Y HORARIO DE CONSULTA DE DUDAS:
AYUNTAMIENTO
DE ESPERA. SERVICIOS SOCIALES. VIERNES DE 10H-12H
Espera
a 20 de mayo de 2019
ALCALDE-PRESIDENTE.
FDO:
PEDRO ROMERO VALVERDE
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